Jordan Ulate Dondi, Filólogo
¿Sabe el lector que Costa Rica es el segundo país de Latinoamérica con la Constitución Política más antigua? En noviembre de este año nuestra Constitución cumplirá 75 años. A diferencia de otros países de la región, Costa Rica conserva una Carta Magna que ha dado muestras de envejecimiento, fatiga e inacción, no obstante el país ha estado lejos de tener una discusión seria sobre una Asamblea Constituyente.
A lo largo de las décadas, los representantes políticos han huido de analizar vastamente la necesidad de cambiar nuestra Ley Superior, y es que manifestaciones han sobrado, en las que señalan una que otra “cosa importante” que cambiarían, sin embargo han optado por el tortuoso, extenso y burocrático proceso; reformando paulatinamente y “a pedacitos” nuestra Constitución. Yacen en las incontables listas de espera de la Asamblea Legislativa abundantes proyectos de ley que reforman parcial, y a veces, innecesariamente, artículos de la Constitución Política.
Más allá del dilema resulta útil recordar que se huye frecuentemente cuando se teme, y en este contexto se teme al cambio, a la transformación y adaptación; se huye de la oportunidad de reconstruir el Estado Social de Derecho, que sirva a los ciudadanos y no a los burócratas políticos herederos de los salarios más competitivos del país.
Necesitamos ampliar los periodos constitucionales definidos para el Poder Ejecutivo, la Asamblea Legislativa y los Gobiernos Locales, el periodo actual de cuatro años limita el accionar de los representantes políticos en sus funciones, dejando la mayoría de veces proyectos importantes en el camino.
Por otro lado, mejorar los sistemas de representación política, y con esto me refiero a cómo se eligen los diputados y diputadas de la república, así como las autoridades locales. Actualmente, si no existe el beneplácito de un partido político entonces nadie puede optar por un cargo de representación. Considero que debe explorarse dentro del marco del derecho comparado el sistema panameño, en donde las curules responden al pueblo y no a intereses partidarios; permitiendo la existencia de diputados independientes.
Resulta impostergable poner bajo la lupa la amorfa “autonomía municipal” (Artículos 169 y 170), que hace de cada municipalidad un enclave, sin las competencias normativas, administrativas ni estructurales. Cada vez que en Costa Rica se hace una ley hay que valorar si “roza” con la autonomía municipal, como si el Primer Poder de la República y sus leyes no estuvieran supra de cualquier ente estatal. Valdría la pena revisar la definición del régimen municipal planteada en la Constitución Política de Colombia.
Otra oportunidad para una futura Constituyente es sin duda un replanteamiento a la Contraloría General de la República, ente selectivo que ha entorpecido a través de los años, grandes proyectos impulsados por gobiernos centrales y locales. Hoy, la CGR coadministra en la función pública cuando aprueba o no los presupuestos. Chile ha contemplado en su Carta Magna una fiscalización posterior a los actos administrativos, y la designación por parte del Presidente de la República de la persona contralora.
Son bastantes los temas que podrían analizarse en una futura Constituyente, lo cierto es que, mientras otros países de la región avanzan y actualizan su Ley Suprema, nosotros seguimos creyendo que somos un Estado “popular, representativo, participativo, alternativo y responsable” (Artículo 9) cuando la realidad es muy distinta a lo escrito en papel.
Es cierto que la democracia costarricense es un ejemplo universal, y que hasta hoy la Carta Fundamental ha sostenido las bases de los derechos y garantías que gozamos, pero no podemos engañarnos y reproducir el discurso de que “cambiar la Constitución es restarle a la democracia”. Costa Rica necesita innovarse y construir un modelo democrático funcional, participativo, operativo y eficiente.